
Pese a que la llegada de la pandemia, represento un fuerte golpe a la economía de los hogares, muchas familias lograron cumplir el sueño de la casa propia.
No obstante, más allá de asegurar que el sector inmobiliario sigue mostrando signos de recuperación, la Sunarp afirma que en el mes de agosto hubo un incremento de inscripción de títulos, principalmente en el Registro de Propiedad Inmueble.
En caso, dentro de poco concrete el sueño de la casa propia, es importante conocer que el registro del inmueble en Sunarp, a fin de proteger su adquisición.
LEE TAMBIÉN: Martín Vizcarra: “He recibido solo una dosis de la vacuna contra la COVID-19” (noticiasfrecuentes.com)
Según lo indicado por Sunarp, es necesario registrar la compraventa del inmueble, ya que, además de figurar como propietario, su inscripción será de conocimiento público, y “contar con todos los mecanismos de seguridad jurídica que brinda el registro”.
Procedimiento para registrar un inmueble
Para realizar la inmatriculación, el proceso es el siguiente:
- Comprobar si en la Sunarp, la vivienda esta inscrita con la información del vendedor, y para ello, tendrá que solicitar el certificado literal o la copia informativa del inmueble a adquirir
- Tras firmar el contrato de compraventa, el vendedor y comprador, tendrá que acudir al notario, que expida el parte notarial de la escritura pública de la compraventa del inmueble.
- Presentar la solicitud de inscripción en la Oficina Registral en donde quedará inscrita la propiedad, para lo cual se requiere del pago previo de los derechos registrales.
- El documento ingresado a la Oficina Registral de la Sunarp, llamado título, debe contener el parte notarial de la escritura pública de compraventa de la vivienda.
- Luego del título de compraventa, será revisado por el registrador público, como paso previo al asiento de inscripción en la partida registral.
Al haber culminado la evaluación del expediente, el registrador procederá con la inscripción de la compraventa, brindándole la seguridad y protección al inmueble.
Respecto al tiempo de la inscripción, en caso de un solo previo que involucre una partida registral y que el titular registral sea el transferente, es decir, si actúa sin representación, el plazo es de 48 horas, caso contrario, tardaría como máximo 7 días.
[…] LEE TAMBIÉN: Conoce como registrar un inmueble de su propiedad en Registros Públicos (noticiasfrecuentes.com) […]