En el mes de marzo comenzará el pago de las utilidades, siendo un beneficio otorgado a los trabajadores del sector privado, en el cual muchos se preguntan sobre quienes serán los beneficiarios.
De acuerdo a la ley laboral, empresas del sector privado con rentas de tercera categoría y más de 20 empleados bajo planilla deberán otorgar el beneficio.
Es importante mencionar que el dinero generado en el año anterior se denominan utilidades.
¿CUÁL ES EL PLAZO PARA REALIZAR EL PAGO?
El pago de las utilidades se dará después de 30 días de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta de la compañía donde trabaje en la Sunat, siendo el plazo entre el 25 de marzo al 8 de abril, motivo por el cual, gran parte de las empresas empezarían a dar el pago desde el comienzo del pago
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¿QUIÉNES RECIBIRÁN EL PAGO DE LAS UTILIDADES?
El pago del beneficio incluye tanto a empleados temporales como de plazo indefinido, tiempo completo y parcial.
No obstante, no accederán al beneficio a los practicantes, personas con recibos por honorarios y empleados en el sector informal.
Cabe indicar que, no se requerido continuar trabajando en la empresa para recibir el beneficio, puesto que, de igual modo se le otorgará en fecha establecido como tope de entrega.
¿CÓMO CALCULAR EL MONTO DEL BENEFICIO?
Para conocer el monto que recibirá, es importante saber que el 50% dependerá del monto que recibe mientras que el restante 50% es hallado en base a los días trabajados en la compañía.
Respecto al porcentaje del beneficio, dependerá a la empresa donde labore:
- En caso labore en una empresa pesquera, telecomunicaciones, industriales, el porcentaje es del 10%
- En una empresa de comercio, minera, restaurantes, recibirá el 8%
- En otras actividades es el 5%