sábado, septiembre 23, 2023
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¿Qué hacer si un padre se niega a reconocer a su hijo?

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En el país, se han registrado muchos casos donde los progenitores no asumen su paternidad, viéndose las madres en necesidad de realizar una demanda para el reconocimiento de su hijo, la cual facilita a la par, el determinar una pensión de alimentos.

Según la abogada de familia, Janet Biaggi, dicho trámite se lleva a cabo mediante una demanda judicial en contra del progenitor, donde tendrá que adjuntar la partida de nacimiento del menor, datos del domicilio, entre otros.

¿CUÁNTO TARDA EL PROCESO DE RECONOCER A UN HIJO?

Luego de interponer la demanda, el Pode Judicial convocará a una audiencia en plazo inmediato, donde el progenitor tiene la opción de allanarse y reconocer a su hijo, para que el juez declare fundada la demanda y se pueda determinar la pensión de alimentos, el proceso puede tardar entre 4 y 6 meses.

¿QUÉ PASA SI EL DEMANDADO SE OPONE A LA DEMANDA?

“Según la norma, si se oponen tienen que hacerse la prueba de ADN. El costo de la prueba corre a cargo del demandado y deben adjuntar el pago del voucher del laboratorio. La prueba se lo tiene que tomar la mamá, el niño y el supuesto padre”, detalló el especialista.

¿CUÁL ES EL PRECIO DE UNA PRUEBA DE ADN Y QUÉ SUCEDE SI SE CONFIRMA QUE ES EL PADRE?

En promedio, la prueba de ADN cuesta s/1 100 por las 3 pruebas, y se debe consignar en la contestación de la demanda. En caso se compruebe la paternidad, el juez hará una declaración judicial, para después citar una segunda audiencia donde se fijará una pensión de alimentos.

¿QUÉ GASTOS ASUMIRÍA EL PROGENITOR?

“Desde el inicio de la demanda hasta la sentencia, sí (se asumen gastos). Luego, la madre puede pedir los devengados que son los gastos que ella realizó, pero lamentablemente esto es desde que se interpone la demanda”, comentó el abogado, acotando que de acuerdo con la norma, no se conocen los gastos desde el embarazo.

¿CÓMO TIENE QUE HACERSE EL RECONOCIMIENTO DE UN HIJO?

Es importante mencionar que, el acto de reconocimiento es voluntario y unilateral, dado que, es un proceso aparte de inscribir a un menor en Reniec y consignarse como padre, en caso los padres no esten casados.

De igual manera, si el progenitor no reconoció al menor cuando nació, lo podrá hacer a través de una escritura público o testamento.

En el caso de un hijo extramatrimonial de una mujer casada, sí se permite, la madre podrá acudir con su nueva pareja, pese a figurar como casada, e inscribir al menor ante Reniec.

Por último, se debe aclarar que el proceso se puede llevar a cabo de forma voluntaria mediante un acuerdo de los padres, sin tener que realizar una demanda.

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