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Más de S/1.5 millones de multa para Latam por casi 280 vuelos cancelados, demorados y/o reprogramados durante el 2017.

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Desde luego, se espera que para inicios del siguiente año Latam cumpla el plazo requerido para la devolución del dinero a los clientes afectados al contratar el servicio de la aerolínea.

Es así, que Indecopi confirmó que la a responsabilidad administrativa de las aerolíneas Latam Airlines Perú S.A. (Latam Perú) y Latam Airlines Group S.A. Sucursal Perú (Latam) por la demora, reprogramación y cancelación afectó a 276 vuelos (nacionales e internacionales) en 2017.

El 12 de noviembre del presente año se dio a conocer la Resolución 2107-2020/SPC donde la Sala Especializada en proteger al Consumidor del Tribunal de Indecopi (SPC) estableció una multa de 454.51 UIT a la empresa, Latam Perú, por no cumplir con el itinerario de los 276 vuelos proyectados desde el 13 de febrero hasta el 31 de agosto del año 2017. También, estableció una multa de alrededor de 39.99 UIT a Latam por no cumplir los 29 vuelos programados del 16 de marzo al 31 de agosto del mismo año. Lo cual tuvo una multa ascendiente a S/2.1 millones.

Si bien es cierto, ambas empresas han infringido su deber impuesto en el artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor, es decir, tenían la obligación de brindar el servicio, pero manifestaron que no pudieron acreditar la cancelación de los vuelos por fuerza mayor.

Respecto a la devolución, se tomó una medida en la cual se ordenó que se devolviera el costo de los pasajes a los consumidores por no usar el servicio, dicho esto, las aerolíneas antes mencionadas tienen un plazo de 30 días hábiles a partir del siguiente día de estar notificada la resolución del SPC, esto quiere decir, hasta el 11 de enero del 2021.

Al concluir dicho plazo establecido, ambas empresas deberán acreditar las pruebas de las medidas correctivas con un plazo máximo de 5 días hábiles, si no, serían sancionados con multa coercitiva señalado en el Código de Protección y Defensa del Consumidor en su artículo 117.

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