Como todos los años, las empresas privadas con más de 20 trabajadores deben pagar beneficios.
Entre el 25 de marzo y el 12 de abril de 2021, las empresas privadas peruanas deberán presentar declaraciones anuales de impuesto sobre la renta; luego de eso, tendrán 30 días para pagar sus ganancias a los trabajadores asalariados que trabajaron en el año anterior.
Si bien 2020 es un año, en circunstancias especiales, debido a la pandemia de COVID-19, las actividades económicas se han paralizado por unos meses.
Pero las empresas del sector privado con más de 20 trabajadores deben pagar ganancias en proporción a 2020 en un período determinado, porque no es prorrogable.
Ante esta complicada situación, muchos trabajadores quieren saber si recibirán un pago extra del empleador esta vez y, de ser así, cuánto.
¿CÓMO CALCULAR LAS UTILIDADES EN EL 2021?
Para calcular el monto correspondiente a este concepto, depende de la industria de la empresa para la que trabaja:
- Empresa pesquera: 10%
- Compañía de telecomunicaciones: 10%
- Empresas industriales: 10%
- Empresa minera: 8%
- Comercial y restaurante: 8%
- Otras actividades: 5%
- Empresas agrícolas: 5% (2021-2023)
Para conocer el monto correspondiente a cada trabajador se toma como base los ingresos totales de la empresa registrados en el año anterior. En este caso, el año es 2020. El porcentaje de la industria de la empresa se aplica al monto de la ganancia.
Luego, se determina el monto correspondiente a cada trabajador considerando dos criterios:
- La ganancia del 50% se calcula en base a la cantidad de días laborables del empleado en el año, sin considerar el salario o el puesto del empleado.
- Para estimar el otro 50%, se tiene en cuenta la retribución recibida en el año anterior.
QUIÉN OBTIENE UTILIDADES?
Aquellos trabajadores que estaban en planilla y trabajaron el año anterior, incluidos los que firmaron contratos temporales o trabajos a tiempo parcial.
Del mismo modo, aquellos que hayan cumplido la jornada laboral máxima especificada por la empresa. Si se reducen los días hábiles, participarán en la ganancia en proporción a los días hábiles.
Los ex empleados de la empresa también recibirán bonificaciones. En este caso, el monto se calcula en base a la cantidad de días que trabajas y la remuneración que recibiste durante el año que corresponde a la ganancia.
Por supuesto, los profesionales o «autónomos» no obtendrán este beneficio porque no están dentro del sistema laboral general.