Suprema revisa hoy sentencia a Zevallos que fiscal pide anular
Sin embargo, fiscal supremo Víctor Rodríguez Monteza está avalando al condenado
Desde las 9 y 30 de la mañana, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema revisará, en audiencia pública virtual, la sentencia contra Fernando Zevallos de 27 años por el delito de lavado de activos proveniente del narcotráfico.
El tribunal, que preside el magistrado César San Martín, escuchará las sustentaciones de las partes en el proceso que han interpuesto diversos recursos de impugnación contra la condena impuesta en febrero de 2019 y que recayó sobre 12 procesados.
También se encuentran procesados los tres hermanos de Zevallos: Lupe (prófuga), Winston y Milagros, condenados a 25 años de prisión.
LOS HECHOS. La Fiscalía imputa a los acusados haber realizado una serie de acciones destinadas a introducir dinero del narcotráfico en el circuito económico legal a través de empresas de Fernando Zevallos como Aero Continente o Nuevo Continente.
Como se sabe, uno de los recursos que será evaluado por la sala suprema es el dictamen emitido por el fiscal supremo Víctor Rodríguez Monteza, que ha pedido anular dicha sentencia y que se realice un nuevo juicio.
Según el documento, el fiscal supremo señala que los hechos atribuidos a Fernando Zevallos (a partir de 1995) sucedieron antes de la tipificación del delito de “autolavado” -imputado por la Fiscalía- por lo cual, concluye, no puede ser pasible de una condena.
Este acto ilícito fue tipificado con el decreto legislativo No. 986, del 22 de julio de 2007, lo cual “contravendría la norma constitucional, siendo necesario que la instancia superior revise sus considerandos”, dice el dictamen de Rodríguez Monteza.
Dicho decreto establece que
“también podrá ser sujeto de investigación por el delito de lavado de activos quien realizó las actividades ilícitas generadoras del dinero, bienes, efectos o ganancias”.
En la sentencia, Zevallos fue hallado responsable del delito de lavado de activos en la modalidad de conversión, transferencia, ocultamiento y tenencia. Cumple otra sentencia de 20 años por narcotráfico, impuesta en 2005.
debate. El abogado penalista Carlos Caro Coria explicó a Correo que el pronunciamiento de Rodríguez no es vinculante, por lo tanto, el tribunal no necesariamente lo aceptará.
Sobre el delito en cuestión, Caro explicó que recién con la publicación del citado decreto legislativo No. 986 se podía investigar, juzgar y eventualmente sancionar al autor del delito fuente de lavado de activos.
“La Corte Suprema ha emitido diversas sentencias, pronunciándose a favor de la sanción penal a pesar de que el delito no está en la ley y, en otros casos, absolviendo. Por eso, sería importante que el PJ convoque a un pleno casatorio y zanje esta discusión que tiene tiempo”, explicó Caro.