Los aportantes y exaportantes del Decreto Ley 19990 podrían acogerse a la devolución de sus aportes durante los 90 días hábiles posteriores a la publicación de la ley. Sepa más aquí.

El Pleno del Congreso de la República aprobó este martes el proyecto de ley que permitirá a los aportantes activos e inactivos de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) acceder al retiro de hasta 1 UIT, equivalente a S/ 4,300. De publicarse la ley en las Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, los aportantes y exaportantes del Decreto Ley 19990 podrían acogerse a la devolución de sus aportes durante los 90 días hábiles posteriores a la publicación de la norma, lo cual hasta el momento no ha sucedido.
La norma aprobada por el Parlamento deberá pasar primero a manos del Ejecutivo, que deberá decidir si decide promulgarla u observarla al considerarla no apropiada.
En caso el Gobierno no observe la ley y se publique en el Peruano, los aportantes y exaportantes de la ONP podrían seguir estos pasos
Solicitud de retiro:

El retiro de dinero se llevaría a cabo de la siguiente manera, bajo previa solicitud:
*Hasta el 50% de 1 UIT en el plazo máximo de 30 días calendario posteriores a la conformidad de la solicitud que otorgará la ONP.
*El saldo restante se entregará en un plazo máximo de 90 días calendario posterior al primer desembolso.
*De acuerdo a lo que indica la ley, la ONP emitirá su conformidad sobre la solicitud en un plazo máximo de 30 días hábiles de haberla recibido de forma física, presencial o remota. En caso la institución no se llegara a pronunciar en el plazo previsto, se aplicará el silencio positivo administrativo.
*Al igual que las AFP’s, el retiro de los fondos mantendrán su condición de intangibles, por lo que no podrán ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, cualquier forma de afectación, sea por orden judicial y/o administrativa.
*La intangibilidad de los fondos no aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.
Para pensionistas
La ONP otorgará por única vez, a los pensionistas del Decreto Ley 19990, una retribución extraordinaria equivalente a un sueldo mínimo (fijado actualmente en S/ 930).
Esta remuneración se realizará según el cronograma que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emita en 15 días calendario de publicada la norma.
Tengo dos hijas y un hijo político no me toco el bono mi dni es44181624 vivo en casa alquilado pago 400 soles mensuales yo gano1800 ménsuales por FA el presidente y las autoridades les pedo q lean mi preocupación gracias no salemos de casa perdimos a tres familiares