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Pase personal laboral: ¿Cómo y dónde solicitar el nuevo salvoconducto para transitar por trabajo?

Después de las nuevas medidas establecidas por el gobierno, el Ministerio del Interior habilitó la nueva autorización de libre tránsito para quienes deban acudir a trabajar.

El pase personal laboral es una de las medidas que se volverán a implementar para controlar la movilidad social. Esta acción se considera necesaria debido al repunte de cifras que se ha registrado en las últimas semanas a causa del nuevo coronavirus en Perú.

Según explicó el Ministro de Defensa, Jorge Chávez, esta autorización será válida solo para el día domingo, considerando que el servicio de delivery estará disponible durante el horario de toque de queda. Además anunció que se emitirá un comunicado con todos los requisitos y actividades autorizadas.

¿Cómo renovar el pase personal laboral?

Para renovar el pase personal laboral deberá ingresar al portal del Ministerio del Interior (Mininter) y acceder al link donde podrás solicita la autorización para poder trasladarte a tu centro laboral. Este tiene una duración de 4 días y pasado ese periodo podrás solicitar la renovación.

LINK del pase laboral de agosto 2020

Para obtener tu pase personal laboral puedes ingresar a través del siguiente enlace (aquí) y hacer la solicitud.

¿Cómo solicitar el nuevo pase vehicular de libre tránsito?

En el pronunciamiento manifiestan qué personas y bajo qué trabajos podrían movilizarse los días domingos, siempre y cuando porten el pase laboral y/o vehicular que son de uso obligatorio, además de su credencial o fotocheck que lo identifique como trabajador de la empresa.

a. Servicios de abastecimiento de alimentos y medicinas.

b. Servicios públicos esenciales de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, hidrocarburos, limpieza y recojo de residuos sólidos.

c. Servicios de telecomunicaciones.

d. Servicios funerarios.

e. Servicios de transporte de carga, mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

f. Vehículos particulares de personal médico, enfermeras, bomberos, y de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participan en los operativos.

g. Personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales.

h. Personal y vehículos de medios de comunicación.

i. Vehículos oficiales de transporte de salud.

j. Vehículos particulares del Poder Legislativo, Ministerio Público e INPE.

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