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ONP:¿QUÉ DOCUMENTOS DEBES PRESENTAR PARA QUE TE ADELANTEN TU PENSIÓN?

QUÉ DOCUMENTOS DEBES PRESENTAR PARA QUE TE ADELANTEN TU PENSIÓN

Entérate de los documentos que debes presentar si quieres beneficiarte con la medida.

Si bien el Gobierno viene promoviendo un cambio en el sistema de pensiones del país, es bueno recordar que actualmente ya se puede tramitar una pensión de jubilación adelantada.

Según señala la Oficina de Normalización Previsional (ONP), es una alternativa que pueden elegir los asegurados al Sistema Nacional de Pensiones-SNP (DL N°19990), a través de la cual se les otorga una pensión de jubilación antes de los 65 años de edad que exige la ley.

Es necesario precisar que la cantidad de aportes que el asegurado debe acreditar ante la ONP será mayor a los 20 años exigidos en el Régimen General y que, adicionalmente, deberán cumplir con las edades establecidas para pensionarse de manera adelantada.

También es importante informar que el monto de la pensión se reduce en 4 % por cada año de adelanto respecto de los 65 años de edad que exige la ley. Estos montos no son reintegrables cuando se cumplen los 65 años de edad.
Pueden acceder a este beneficio:

Mujeres: 50 años edad y 25 años de aportes.
Hombres: 55 años edad y 30 años de aporte.
Trabajadores despedidos por reducción de personal o cese colectivo que acrediten 20 años de aportes, en el caso de los hombres deberán contar con 55 años de edad y las mujeres con 50 años.

¿CÓMO SOLITARLA?
El solicitante deberá presentarse en cualquiera de los Centros de Atención de la ONP ubicados a nivel nacional con su documento de identificación (DNI, Carné de Extranjería o Pasaporte) y la siguiente documentación:

– Solicitud según Formato, que incluye declaración jurada de autenticidad de documentos.

-Documentos que acrediten la relación laboral y/o declaración simple que consigne el vínculo laboral. Entre los documentos que puede adjuntar se encuentran:

-Certificados de Trabajo.

-Boletas de Pago de remuneraciones.

-Liquidación de tiempos de servicios o de Beneficios Sociales.

– Constancias de aportaciones de la Oficina de Registro y Cuenta Individual Nacional de Empleadores Asegurados (ORCINEA) emitido por el Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) o de EsSalud.

– Cualquier documento público conforme al artículo 235° del Código Procesal Civil.

– Copia simple de los Certificados de Pago Regular (CPR), Certificados de Pago Especial (CPE) u otros comprobantes de pago emitidos por el ex Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) o el Seguro Social de Salud – EsSalud, siempre que dicha información no se encuentre en los sistemas que administra la Oficina de Normalización Previsional.

DATOS EXTRAS
Puede obtener mayor información en los siguientes números: Lima y Callao: 410-0808; otros departamentos: 0-801-12345 (al costo de una llamada local); vía WhatsApp: +51 913232414. Los horarios telefónicos y por WhatsApp son lunes de 8 a.m. a 7 p.m. y de martes a viernes de 8 a.m. a 5 p.m.

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