Las personas que no respeten el horario de inmovilización social obligatoria serán multados, de acuerdo con el Reglamento del D. L. 1458.
La Policía Nacional del Perú aplicará multas a aquellas personas que no respeten los nuevos horarios de inmovilización social obligatoria que ha establecido el Gobierno.
Como se recuerda, a partir de esta semana el toque de queda será de 10:00 p.m. a las 4:00 a.m. Mientras que, los domingos serán de inmovilización total.
Las personas que no respeten el horario de establecido y transiten sin ser personal de alguna de las actividades permitidas, o tenga una emergencia de salud, podrán ser sancionadas.
La policía impondrá multas de S/ 6,450 a quienes transiten con su vehículo durante el horario de inmovilización social y les retendrá la tarjeta de propiedad y licencia de conducir.
Además, se pondrán multas a quienes no cumplan con las medidas sanitarias establecidas según el Reglamento del D. L. 1458.
De acuerdo con el reglamento mencionado, la policía puede aplicar sanciones de entre 2% de una UIT hasta el 10% de la UIT, es decir, las multas serían de entre S/ 86 y S/ 430, dependiendo de la gravedad.
Si es un trabajador de una de las actividades permitidas entonces su empresa deberá darle una credencial que lo identifique y tiene que generar un pase laboral y/o vehicula en la página www.gob.pe/paselaboral