Aquel que este obligado a pagar la pensión de alimentos para sus hijos, tiene la posibilidad se pedir una reducción del pago o disposición de una nueva sentencia en el juzgado, solo si acreditan los motivos.

CASOS EN QUE SE PUEDE SOLICITAR LA REDUCCIÓN EN LA PENSIÓN DE ALIMENTOS

Según la abogada Lucerito Luján, indicó que hay dos casos comunes que se desarrolla en torno a una nueva situación ya sea laboral o familiar.  

  • Pueda pasar en cuando el obligado debía acudir con el 50% de su salario a un solo hijo, no obstante, al pasar el tiempo, tiene obligaciones con sus otros hijos.
  • En caso los ingresos del obligado se disminuyan y lo acredite, para solicitar la reducción de alimentos.

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SI TIENE VARIOS HIJOS ¿EL PAGO DE ALIMENTOS PODRÁ SER EQUITATIVO?

Respecto a ello, la abogada Luján en el programa Plataforma Judicial del PJ, indica lo siguiente:

“De acuerdo a ley, al obligado de prestar alimentos se le puede disponer hasta del 60% de sus ingresos mensuales porque se entiende que con el 40% restante va a tener que sobrevivir”.

“Se solicita al Poder Judicial un prorrateo de alimentos para que un juez ordene que ambos hijos reciban el mismo porcentaje, en partes iguales porque se entiende que todos los hijos tienen los mismos derechos”, acotó.

Cabe destacar que, no se puede recibir más del 60% del salario del padre o madre a pagar la pensión, ante mayor carga familiar, el obligado tendrá que informarle al juez del caso.

¿EN QUÉ CASOS UN HIJO PODRÍA RECIBIR UN PORCENTAJE MAYOR DE ALIMENTOS?

En caso uno de los hijos presente una enfermedad y requiera de atención especial, la especialista en derecho de familia comentó en todos los casos tendrá que ser demostrado.

“Abogado que te diga que van a obtener el 60%, eso no es algo que se pueda asegurar porque lo que va a analizar el juez es cuánto gasta un niño en promedio y que se demuestre o acredite. Así el juzgado podrá entender y accederá a tu solicitud”.

REQUISITOS PARA PEDIR UNA REDUCCIÓN DE ALIMENTOS

Si la obligación alimenticia fue impuesta en un centro de alimentación, podrá pedir la reducción por medio de esa vía.

No obstante, si la obligación alimenticia fue por una resolución judicial, podrá interponer una demanda en el PJ, de acuerdo a lo indicado por la abogada Luján, tendrá que cumplir ciertos requisitos:

  • Recopilar las actas de nacimiento de sus hijos, debido a su nueva situación familiar
  • Recopilar las boletas de pago o recibos por honorarios, a fin de demostrar su nivel de ingresos
  • Estar al día en la pensión de alimentos será un requisito indispensable, por el bienestar del menor.