La SBS dispone que entidades deben reducir tasas, condonar intereses, postergar cuotas y dar mayores plazos ante crisis por Covid-19.

Para reprogramar tu deuda, solo debes hacer tu solicitud y en tan solo siete días las entidades financieras están obligadas a atender tu solicitud pudiendo considerar reducción de tasas de interés, condonación de intereses, postergación de cuotas y mayores plazos de pago.
Así lo estableció la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) que busca que las entidades financieras atiendan las solicitudes de reprogramación de deudas presentadas por sus clientes, así como también dispuso que estas entidades propongan más de una alternativa de refinanciamiento.
Según la SBS, las financieras deberán otorgar a cada cliente alternativas de modificación contractual del crédito, adecuadas a sus necesidades y según el resultado de la evaluación de su solicitud.
Las alternativas son:
a) Reducción temporal o permanente de tasas de interés.
b) Condonación de intereses vencidos, comisiones o gastos.
c) Postergación de cuotas o su prorrata en periodos posteriores.
d) Extensión del plazo del crédito a fin de reducir el monto de las cuotas periódicas.
Asimismo, la norma establece la obligación de las empresas emisoras de contar como mínimo con una tarjeta que no cobre comisión de membresía y que permita el acceso a las redes e infraestructura de pagos, incluyendo el consumo de bienes y servicios, sin que ello implique el cobro de comisión por membresía, por ser estos servicios esenciales o inherentes, según da cuenta Resolución SBS N° 1870-2020).
Se deberia ampliar la noticia sobre la reprogramación de los préstamos bancarios y exigir a los bancos inicien ya la comunicación con sus clientes a través de los distintos canales de comunicación q tienen con ellos invitandolos a dicha reprogramación