Norma aprobada señala que será por años de servicio.
Buenas noticias para el personal del sector salud, ya que ayer fue publicada, y por ende entró en vigencia, la Ley Nº 31039 que dicta el ascenso automático excepcional de los profesionales de salud, para lo cual ya no será necesario que realicen un examen para acceder a dicho ascenso.

Del mismo modo, la norma también permite el cambio de línea de carrera, el nombramiento y cambio a plazo indeterminado de los profesionales de la salud.
Como se recuerda, la ley fue aprobada por insistencia el pasado lunes por el Congreso, y solo restaba su publicación en el diario oficial El Peruano, para que entre en vigencia.
La Ley 31039 dispones que los profesionales de la salud, médicos y no médicos podrán ascender de manera automática y excepcional, teniendo en cuenta el número de años de servicios.
La norma además tiene como objetivo regularizar los procesos de ascenso automático, cambio de grupo ocupacional, cambio de línea de carrera, nombra miento y cambio a plazo indeterminado de los profesionales, técnicos, auxiliares asistenciales, y personal administrativo de la salud; todo ello con el fin de “brindarle a los trabajadores mejores condiciones laborales”, señala la norma. Para poder hacer efectiva esta excepción, las plazas deben ser aprobadas en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP).
Además, deben ser registradas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía. Como se recuerda, la iniciativa había sido observada por el Ejecutivo, que advirtió que el actual contexto de la pandemia del coronavirus no justificaba contravenir las normas vigentes.